Rafael Catalá convoca el Pleno de la Comisión General de Codificación

Ayer se reunió el pleno de la Comisión General de Codificación a iniciativa de su presidente, el ministro de Justicia, Rafael Catalá. Creado en 1843, a este organismo corresponde la preparación de los textos prelegislativos y de carácter reglamentario en el ámbito de las competencias del Ministerio de Justicia para la mejor orientación y tutela del ordenamiento jurídico. El Pleno de la Comisión que integra, además de a su presidente, a los miembros de sus cinco secciones permanentes y a todos sus vocales, llevaba 32 años sin ser convocado.

La Comisión General de Codificación está formada por 194 vocales entre natos, adscritos y permanentes, estos últimos elegidos entre juristas de reconocido prestigio que acrediten, al menos, 15 años de dedicación científica al Derecho o ejercicio profesional en el ámbito jurídico, promoviendo la designación entre miembros de las diversas profesiones jurídicas y de todas las procedencias geográficas de nuestro país. Funciona en Pleno, en Comisión Permanente o en las cinco secciones en las que está dividida: Derecho Civil, Mercantil, Público, Penal y Procesal.

Hasta ahora sólo dos de esas secciones, Derecho Civil y Mercantil, funcionaban de forma permanente. El Pleno celebrado hoy tenía como objetivo la presentación por parte del presidente del nuevo plan de trabajo de la Comisión con el que Rafael Catalá impulsa el papel de este organismo. Ha estado precedido por la toma de posesión de los nuevos presidentes de las secciones de Derecho Público, Penal y Procesal, potenciando así estas tres secciones que en las últimas décadas funcionaban sólo para el estudio de asuntos puntuales propuestos desde la Administración.

La Comisión General de Codificación es un órgano vivo, presente en buena parte de las iniciativas legislativas de los últimos años, entre ellas destaca la Ley Concursal de 2003 y su reforma de 2011, diversas reformas parciales del Código Civil, la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías, la Ley de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, el Texto Refundido de la Ley de sociedades de capital, la Ley de navegación marítima, la Ley de Jurisdicción Voluntaria o el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil.

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